Rocío Nahle García, gobernadora de Veracruz, firma de la iniciativa que elimina el fuero municipal.

Iniciativa de Nahle retira a alcaldes, concejos y síndicos de la protección del fuero constitucional

María González

XALAPA, Ver. — La gobernadora Rocío Nahle García presentó ante el Congreso de Veracruz una iniciativa para eliminar la inmunidad procesal penal de presidentas y presidentes municipales, integrantes de concejos municipales y síndicas y síndicos, de acuerdo con el documento remitido a la Mesa Directiva de la LXVII Legislatura.

La iniciativa fue enviada mediante el oficio NGNR/GOBVER-192/2026, firmado por Nahle el 14 de septiembre en Xalapa y recibido ese mismo día por la Secretaría General del Congreso, según consta en el sello de recepción.

Cómo se elimina el fuero, sin decirlo así

De acuerdo con el documento divulgado en la Gaceta Legislativa correspondiente a la Tercera Sesión Ordinaria, celebrada este jueves 17 de septiembre, la reforma no incluye una cláusula que excluya expresamente a las autoridades municipales del fuero. En cambio, reescribe por completo la lista de servidores públicos protegidos por el artículo 78 de la Constitución estatal —el artículo que obliga al Congreso a emitir una declaración de procedencia antes de que alguien pueda ser procesado penalmente durante su cargo— y, en esa nueva redacción, omite a las presidencias municipales, los concejos municipales y las sindicaturas.

De aprobarse, la lista de funcionarios que seguirán requiriendo declaración de procedencia quedaría integrada por diputadas y diputados; la persona titular del Ejecutivo del Estado; las y los titulares de las Secretarías de Despacho y de la Contraloría General.

También la persona titular de la Fiscalía General del Estado; las personas juzgadoras del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, y del Tribunal de Disciplina Judicial; las y los integrantes del Pleno del Órgano de Administración Judicial; las juezas y jueces de Primera Instancia.

Además quien presida el Consejo y las y los Consejeros Electorales; la persona titular de la Secretaría Ejecutiva del organismo electoral administrativo, y la persona titular de la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

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El argumento de la gobernadora

En la exposición de motivos, Nahle sostiene que “el ejercicio de una función pública constituye una responsabilidad frente a la sociedad y no una condición que deba colocar a quien la desempeña por encima de la aplicación ordinaria de la ley”. El documento distingue entre la protección institucional al municipio —que, señala, se mantiene intacta— y la protección procesal individual otorgada a quien ocupa el cargo, que es la que se retira.

La iniciativa precisa que eliminar la declaración de procedencia “no significa desconocer la presunción de inocencia ni permite que una denuncia produzca automáticamente la separación del cargo”, y que tampoco implica disminuir el derecho de defensa, el debido proceso ni las demás garantías constitucionales.

Plazos, si se aprueba

El decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. Quedarían derogadas las disposiciones que se le opongan, y el Congreso tendría 60 días naturales, a partir de la entrada en vigor, para armonizar la legislación secundaria con la reforma.

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