Redacción Sie7eDíasNoticias
XALAPA, Ver. — Quien use pirotecnia sin autorización durante las fiestas patrias en Xalapa puede recibir una multa de hasta 117 mil 310 pesos, de acuerdo con el Reglamento de Protección Civil y Reducción del Riesgo de Desastres para el Municipio de Xalapa.
Aunque el reglamento no utiliza la palabra “pirotecnia”, regula la materia dentro de la categoría de “materiales peligrosos”, en el Capítulo VI. Ahí incluye, en el mismo nivel que sustancias corrosivas, tóxicas o biológico-infecciosas, a los materiales explosivos.
Lo que prohíbe el reglamento
El Artículo 46 prohíbe el manejo, comercialización, fabricación, almacenamiento, transporte o distribución de explosivos y otros materiales peligrosos sin la autorización correspondiente. El Artículo 52 Bis establece el procedimiento para tramitar esa autorización.
Se trata de un trámite ordinario. El reglamento no contempla permisos temporales, excepciones por motivo festivo, religioso o cívico, ni remite a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos o a la Secretaría de la Defensa Nacional.
Cuánto cuesta la multa
El Artículo 89, fracción IV, fija una multa de 10 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quien infrinja lo dispuesto en los artículos 46, 52, 52 Bis, 53 al 58, y 88 fracciones VII y X.
Con el valor de la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026 —117.31 pesos diarios, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía—, la multa va de mil 173 pesos con 10 centavos a 117 mil 310 pesos.
El mismo artículo contempla la suspensión de obras, instalaciones o servicios como sanción adicional. El Artículo 89 Bis permite aplicar medidas de seguridad —clausura, aseguramiento o secuestro de los objetos— sin que eso sustituya la multa.
El reglamento no establece una sanción distinta o agravada para pirotecnia como categoría separada. Se le trata dentro del mismo rango que corrosivos, tóxicos y biológico-infecciosos.

