Por Fanny Yépez
Se ha abierto un intenso debate sobre si el Instituto Nacional Electoral (INE) vulnera o no la libertad de expresión al emitir lineamientos para noticieros, páginas digitales y redes sociales que pone la equidad electoral frente a la censura previa. Analistas y periodistas señalan riesgos de control, mientras que la autoridad argumenta la necesidad de regular flujos informativos y frenar discursos de odio.
Artículo 19 y las alertas sobre libertad de prensa
Artículo 19 ha criticado severamente cómo ciertas normativas y medidas cautelares del árbitro electoral interfieren con la libertad de prensa y de expresión en México.
El hecho es que los medios de comunicación de radio y televisión podrían enfrentar multas económicas si no cumplen los nuevos lineamientos del INE para medios de comunicación, en un esquema en el que el gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo, además de establecer las reglas, también, a través de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), determinará cuándo esas disposiciones fueron incumplidas.
De acuerdo con la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y con el proyecto de lineamientos sometido a consulta por la CRT, las sanciones económicas podrán imponerse cuando una concesionaria de televisión o radio difunda “información falsa, información descontextualizada o presente información histórica como si fuera actual”.
Lo cierto es que el Instituto Nacional Electoral (INE) perfila una serie de lineamientos y recomendaciones dirigidas a los noticiarios y programas de radio y televisión. Estas pautas buscan normar y orientar la cobertura informativa de las precampañas y campañas para el Proceso Electoral Federal 2026-2027.
Aunque jurídicamente funcionan como sugerencias que no imponen sanciones ni buscan afectar la libertad de expresión, el organismo establece condiciones mínimas de transparencia, equidad e inclusión para los derechos de las audiencias.
Y mientras en las mesas de redacción se prendieron los focos rojos y reaccionaron los noticieros de radio y televisión, sobre si el INE viola la Constitución y se corre el riesgo a la libertad y de censura previa rumbo a las elecciones de 2027, y en zonas grises (espacios de ambigüedad, incertidumbre y vacíos legales o conceptuales donde las reglas no son claras. Dependiendo del tema, se refieren a situaciones que no son totalmente correctas ni incorrectas, o a límites que nadie define bien), la CIRT propuso un ejercicio con sus más de mil 200 estaciones afiliadas para fijar una posición unificada para presentarla en la consulta pública.
CIRT: lineamientos “ambiguos” y riesgo de discrecionalidad
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) señaló que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, que presentó Luisa María Alcalde, consejera jurídica del Ejecutivo Federal, en la mañanera de este martes 28 de julio, son “ambiguos y dan lugar a discrecionalidad”.
A través de un comunicado expresaron su apoyo al “mandato regulatorio para avanzar el tema de la protección de las audiencias”, pero al analizar lo que está a consulta pública localizaron algunos puntos a corregir para evitar una “regresión democrática”.
Advierten que reglas imprecisas permiten a la autoridad interpretar contenidos de manera discrecional. Acusan que fijar criterios sobre qué información corregir o destacar interfiere con la labor de los comunicadores. Consideran que las sanciones y supervisiones generan autocensura en los medios electrónicos.
“Entendemos que la posición del CRT (Comisión Reguladora de Telecomunicaciones) no es de censurar, pero hay temas que preocupan y que, para evitar riesgos de una regresión democrática y a la libertad de expresión, habría que corregir y/o definir con pulcritud”, dijo.
La CIRT y los lineamientos del INE advirtieron que estos “son aún ambiguos y dan lugar a discrecionalidad por el gobierno. El Proyecto permite al Gobierno definir qué es información falsa o descontextualizada. Desvirtuando los mecanismos de autorregulación y anulando al defensor de las audiencias, quien queda como subordinado a la autoridad”.
Para CIRT, es importante que estas quejas no sean anónimas o de lo contrario se pueden prestar a mecanismos de coerción “contra comunicadores y periodistas a través de la presentación de quejas falsas y/o artificiales”.
Finalmente, la CIRT considera que la consulta que abrió la CRT es muy importante para “corregir errores y excesos que podrían poner en riesgo la libertad de expresión que todos valoramos y la decisión de las audiencias de ver y escuchar la programación de México y del Mundo que deseen”, subrayó.
Los argumentos que esgrime la autoridad electoral
Sobre la equidad en la contienda, sostienen que el monitoreo busca evitar coberturas facciosas y asegurar piso parejo entre contendientes.
En cuanto a los nuevos riesgos tecnológicos, argumentan la necesidad de regular el uso de inteligencia artificial y la desinformación. De los derechos de las audiencias, defienden que normar los espacios informativos protege el derecho de la ciudadanía a recibir datos verificados.
Bueno, pues como dicen los clásicos, no es por intrigar, pero les recuerdo que el artículo 6º de la Constitución Mexicana garantiza la libertad de expresión, el derecho a la información y el acceso a las tecnologías de la comunicación.

La Columna, escrita por Fanny Yépez Luna, es un espacio de opinión con mirada aguda y conciencia social. Desde un enfoque directo y ético, desmenuza la agenda pública con atención especial a la desigualdad, el abuso de poder y las fracturas institucionales. Su voz es firme, crítica y comprometida con los derechos humanos, siempre del lado de quienes suelen ser ignorados en el discurso oficial.

