El Pleno de la Suprema Corte invalidó por ocho votos contra uno la Ley 841, que el Congreso de Veracruz aprobó en 2021 para sustituir a la Ley 248, también anulada por la Corte ese año. Es la segunda ley estatal de comunicación social que cae.
Redacción Sie7eDíasNoticias
CIUDAD DE MÉXICO. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló en su totalidad la Ley 841 de Comunicación Social de Veracruz, promulgada en 2021 por el entonces gobernador Cuitláhuac García Jiménez, porque el Congreso local legisló sobre propaganda gubernamental, materia que la Constitución reserva al Congreso de la Unión.
La decisión del Pleno se tomó el martes 27 de octubre, por ocho votos a favor y uno en contra. El voto disidente fue de la ministra Lenia Batres Guadarrama.
El Pleno concluyó que la ley, en su conjunto, regula aspectos relacionados con la propaganda gubernamental, y que esa facultad corresponde de forma exclusiva al Congreso de la Unión, conforme al párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución federal.
La Corte añadió que la denominación de Ley General de Comunicación Social no reparte por sí misma facultades legislativas entre la Federación y los estados. Para que fueran concurrentes, la Constitución tendría que establecerlo, y no lo hace en este caso.
Alcanza a la Constitución de Veracruz
La invalidez se extendió al segundo párrafo del artículo 79 de la Constitución local, que define la naturaleza de la propaganda. La razón es que el artículo primero de la ley anulada remitía expresamente a ese texto.
Segunda ley que cae
La Ley 841 no fue la primera norma estatal de la materia. La Ley 248 se publicó en la Gaceta Oficial el 17 de mayo de 2019 y la Corte la anuló por irregularidades en su aprobación, con la orden de emitir una nueva.
La Ley 841 llegó como respuesta. El Congreso la aprobó el 18 de febrero de 2021, García Jiménez la promulgó el 19 de febrero y se publicó el 15 de marzo. Regulaba la contratación de publicidad oficial y el Padrón Estatal de Medios de Comunicación.
Ahora cayó por una razón distinta: ya no por el trámite legislativo, sino por la competencia.
Cinco años de impugnación
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) la impugnó el 14 de abril de 2021 en la acción de inconstitucionalidad 69/2021. Sostuvo que regulaba de forma insuficiente la asignación de publicidad oficial y que dejaba en manos de autoridades administrativas los criterios para elegir medios y armar el Padrón.
La CNDH no había planteado la invasión de facultades federales. El Pleno la advirtió al estudiar la ley, con base en el artículo 134 y en que la Ley General ya estaba vigente desde 2018, cuando el Congreso local legisló en 2021.
La ministra Batres votó en contra: sostuvo que los artículos 124 y 134 constitucionales y la Ley General reconocen a los estados facultades para legislar en la materia.
El expediente se retornó el 4 de septiembre de 2025 al ministro Irving Espinosa Betanzo, cuyo proyecto aprobó la mayoría.

