Redacción Sie7eDíasNoticias
BOCA DEL RÍO, Ver. El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito confirmó por unanimidad el desechamiento del juicio de amparo 646/2025 promovido contra la decisión de la Junta de Gobierno de la Universidad Veracruzana (UV) relacionada con la prórroga del rector Martín Aguilar Sánchez.
La resolución derivó del recurso de queja 370/2025 y ratificó el criterio de que la Junta de Gobierno no tiene carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo cuando actúa dentro del marco de la autonomía universitaria.
Autonomía universitaria, eje del fallo
El Tribunal sustentó su determinación en el artículo 3° de la Constitución federal, que reconoce a las universidades públicas la facultad de autogobernarse.
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Bajo ese principio, consideró que decisiones internas como la designación de autoridades o la continuidad en la rectoría mediante prórroga forman parte del ámbito competencial de la institución y no constituyen actos de autoridad impugnables en la vía de amparo.
Asimismo, en resoluciones previas citadas en el documento, se estableció que la prórroga tiene el mismo alcance jurídico que la designación original, al implicar la permanencia en el cargo por un periodo equivalente a cuatro años adicionales.
Nueve amparos y cierre judicial
El amparo 646/2025 fue promovido por Carlos Welsh Rodríguez. En total, se interpusieron nueve juicios por integrantes de la comunidad universitaria, entre ellos Jorge Manzo Denes, Marisol Luna Leal, Rafael Vela Martínez, José Luis Cuevas Gayosso y Héctor Francisco Coronel Brizio.
La defensa de Welsh Rodríguez solicitó que el caso fuera atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; sin embargo, la mayoría de ministros devolvió el expediente al Tribunal Colegiado al considerar que no ameritaba revisión.
Con la resolución emitida este jueves, quedó firme el desechamiento por improcedencia del amparo y se consolidó el criterio judicial sobre la naturaleza de los actos emitidos por órganos universitarios en ejercicio de su autonomía.

