Suprema Corte deja en tribunales federales disputa por prórroga en la UV

Redacción Sie7eDíasNoticias

XALAPA, Ver. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no ejercer su facultad de atracción en el caso relacionado con la prórroga en la Rectoría de la Universidad Veracruzana (UV). Con esta decisión, el máximo tribunal del país se abstuvo de intervenir en el conflicto jurídico y dejó el asunto en manos de los tribunales federales del Séptimo Circuito.

Los recursos de queja que se buscaba llevar a la Corte —identificados como 370/2025 y 389/2025— están ligados a la admisión de una demanda de amparo contra la prórroga otorgada al actual rector, Martín Gerardo Aguilar Sánchez, cuyo segundo periodo fue aprobado por la Junta de Gobierno de la UV el pasado 20 de junio.

Tras la negativa de la SCJN, los expedientes permanecerán en trámite ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, con sede en Xalapa, encargado de resolver los recursos pendientes.

¿Qué se impugna?

El conflicto legal gira en torno a la decisión de no emitir convocatoria pública para la elección de nuevo rector, luego de que Aguilar Sánchez solicitó —y obtuvo— una prórroga de cuatro años, con base en la normatividad universitaria.

Esa medida provocó una lluvia de amparos, principalmente promovidos por académicos que cuestionan la legalidad del procedimiento seguido por la Junta de Gobierno. Alegan que, si bien la prórroga está prevista en la legislación interna de la UV, no existe un procedimiento formal para aplicarla, lo que habría alterado el proceso regular de sucesión rectoral.

Argumentos enfrentados

Las autoridades universitarias han defendido que la prórroga está prevista en la Ley Orgánica y en el Estatuto General, y que su aplicación respeta la autonomía universitaria. También han sostenido que los actos del rector prorrogado son plenamente válidos mientras no exista una sentencia judicial que indique lo contrario.

Por su parte, los inconformes —entre ellos figuras como Marisol Luna Leal, José Luis Cuevas Gayosso y Jorge Manzo Denés— insisten en que la Junta de Gobierno creó un mecanismo sin fundamento legal y con ello vulneró derechos de participación y legalidad.

Varios juzgados federales de distrito negaron en su momento suspensiones para detener la prórroga, al considerar que afectaría la estabilidad institucional de la UV.

Posteriormente, tribunales colegiados del Séptimo Circuito comenzaron a emitir resoluciones que han dado forma a la ruta del caso. En octubre, el Segundo Tribunal Colegiado declaró que ni la UV ni su Junta de Gobierno podían ser consideradas autoridades responsables en juicio de amparo, por tratarse de un órgano autónomo. Con base en ese criterio, diversos amparos fueron sobreseídos o declarados improcedentes.

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