Danza de dinero en campañas del Poder Judicial

Por Fanny Yépez

Cuando a los electores aun no les queda claro quiénes son los aspirantes a un cargo en el Poder Judicial Federal y Estatal y cómo van a votar por los ministros, magistrados y jueces, la noche de este jueves en sesión extraordinaria, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz (OPLE Veracruz) determinó los topes de gastos personales de campaña de las personas candidatas a juzgadoras en el Proceso Electoral Local Extraordinario 2024-2025 para la elección de personas juzgadoras.

El importe del tope de gastos personales para las personas candidatas a juzgadoras en el proceso electoral es de $441,863.14 pesos, el cual se estimó suficiente para que cada persona candidata a juzgadora pueda realizar las actividades permitidas dentro de su campaña, que tendrá una duración de 30 días, del 29 de abril al 28 de mayo, con el estimado de un gasto diario por $14,728.77 pesos.

Al respecto, la consejera electoral y presidenta de la Comisión Permanente de Prerrogativas y Partidos Políticos, María Fernanda Sánchez Rubio, expuso un minucioso análisis sobre el acuerdo tomado, el cual cuenta con las bases de distintos precedentes del ámbito federal.

En el mismo tenor, el consejero electoral Fernando García Ramos, expresó que cada decisión que se toma en el OPLE Veracruz hace historia, y este tema atañe a toda la ciudadanía, porque los topes de gastos tienen que ver con generar equidad en la contienda.

De igual forma, la consejera electoral Maty Lezama Martínez, confió que en futuros procesos electorales se puedan encontrar herramientas que permitan sentar bases más objetivas y proporcionales, que sean justas para las magistraturas y jueces, en el cuidado de la equidad en la contienda.

Los ciudadanos veracruzanos elegirán el próximo 1 de junio a un magistrado y 72 jueces o juezas del Poder Judicial del Estado de Veracruz (PJEV) y 45 cargos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

En pleno periodo de campañas nos hemos percatado que hay muy poca difusión sobre las elecciones de los candidatos al Poder Judicial, no se ha explicado a los electores sobre el color de las boletas y cómo buscar de su candidata o candidato de preferencia.

Las campañas de los aspirantes a un cargo en el Poder Judicial, iniciaron el pasado domingo 30 de marzo, el periodo legal para que las y los candidatos a uno de los 881 cargos dentro del Poder Judicial de la Federación puedan arrancaron sus campañas electorales en todo el país.

Las campañas tendrán una duración de 60 días y finalizarán el 28 de mayo, para dar paso al periodo de reflexión o veda electoral, que abarca los tres días previos a la Jornada Electoral del domingo 1 de junio.

De acuerdo con lo aprobado por el Consejo Nacional del INE, constituyen infracciones de los candidatos:

Contratar espacios en radio y televisión;

Difundir propaganda electoral impresa en material distinto al papel (lonas, playeras o gorras con su imagen o nombre);

Realizar actos de campaña antes del periodo previsto;

Difundir propaganda electoral que contenga expresiones que constituyan calumnia o que vulnere el interés superior de la niñez; y

Utilizar recursos públicos, en efectivo o en especie para su campaña.

Lo que sí pueden hacer los candidatos es:

Pagar con sus propios recursos sus campañas electorales, sin exceder los topes de gasto que fijará el INE en las próximas semanas;

Promocionarse en propaganda electoral impresa en papel reciclable, biodegradable y libre de sustancias tóxicas o nocivas para la salud o el medio ambiente; y

Participar en foros de debate organizados por el propio Instituto o en aquellos brindados gratuitamente por el sector público, privado o social en condiciones de equidad.

El catálogo establece que constituyen infracciones de los servidores públicos el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial; la utilización de programas sociales y de recursos públicos con la finalidad de inducir o coaccionar a la ciudadanía para votar a favor o en contra de cualquier persona candidata.

Tampoco podrán organizar foros por parte de dependencias o entidades responsables de la ejecución de programas que impliquen la entrega de un beneficio social directo a la población, tampoco podrán participar como moderadores las personas servidoras públicas, operadoras de programas sociales y actividades institucionales adscritas a esas instituciones ni las personas servidoras de la nación.

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